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Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres| GM INTEGRA RRHH

LEY ORGÁNICA 2/2024, DE 1 DE AGOSTO, DE REPRESENTACIÓN PARITARIA Y PRESENCIA EQUILIBRADA DE MUJERES Y HOMBRES.

 

En fecha 2 de agosto de 2024 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Se trata de una norma que introduce múltiples modificaciones en nuestro ordenamiento jurídico, tanto en el ámbito societario, laboral, como en determinados sectores específicos con el objetivo de lograr un ejercicio real y efectivo del principio de igualdad de mujeres y hombres.

A los efectos de la norma, se entiende por representación paritaria y presencia equilibrada entre mujeres y hombres aquella situación en la que las personas de cada sexo no superen el 60 % ni sean menos del 40 % en un ámbito determinado. De acuerdo con el principio de acción positiva, puede no aplicarse este criterio cuando exista una representación de mujeres superior al 60%, si bien, en todo caso, debe justificarse.

La normativa introduce diversas modificaciones, entre otras normas, en el Estatuto de los Trabajadores, pues con la modificación del artículo 55.5 b) se suprime como causa objetiva de nulidad del despido disciplinario y por causas objetivas, la solicitud y el disfrute de los permisos por accidente o enfermedad graves de familiares, así como el ejercicio de los derechos de adaptación de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral, si bien pueden producirse modificaciones de la normativa en este sentido.

Equipara la protección de las víctimas de violencia sexual a la de las víctimas de violencia de género y del terrorismo, reconociendo su derecho a la reducción de jornada, la adaptación del tiempo de trabajo, la movilidad geográfica y la suspensión y extinción del contrato por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo.

También se lleva a cabo la trasposición de la Dir (UE) 2022/2381, mediante la modificación de la Ley de Sociedades de Capital, para exigir que las sociedades cotizadas aseguren que el consejo de administración y los puestos de alta dirección tengan una composición que garantice la presencia, como mínimo, de un 40% de miembros del consejo del sexo menos representado. Se prevé también la necesidad de integrar en el informe de sostenibilidad un informe anual sobre la representación del sexo menos representado en el consejo de administración.

Conclusiones

En términos generales, la norma entrará en vigor el próximo 22 de agosto, aunque en sus disposiciones transitorias se establecen fechas específicas para la aplicación de las medidas que contempla en determinados ámbitos.

Desde el departamento jurídico podemos informar con más detalles de esta modificación de la normativa.

Ley Orgánica 2/2024, de 1 de Agosto, de representación paritaria

 

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