Noticias Jurídicas – Abril 2026
La Justicia reconoce que los accesos a vestuarios y comedores afectan a la intimidad del trabajador
La protección de la intimidad de los trabajadores no se limita a espacios como vestuarios o comedores, sino que incluye también los pasillos de acceso a estas áreas. Así lo ha establecido un juzgado de lo Social de Oviedo en su sentencia 80/2026, que considera ilícita la instalación de cámaras en estos puntos por vulnerar la privacidad y la normativa de protección de datos.
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Los tribunales niegan que los menores de 12 años sean automáticamente dependientes
El Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares ha rechazado la demanda de un trabajador que reclamaba el derecho a la conciliación familiar tras la negativa de su empresa. La resolución avala la decisión empresarial al considerar que la edad de la menor y la ausencia de enfermedad o discapacidad no justificaban la necesidad de cuidados especiales. El fallo subraya que la conciliación no es un derecho automático, aunque su relevancia sigue creciendo en el ámbito laboral.
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Dormirse en el trabajo no basta para despedir: así lo aclara la Justicia
No basta con sospechas para despedir. La Justicia exige pruebas claras de una conducta grave por parte del trabajador. Así lo ha señalado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha declarado improcedente el despido de una empleada de Mercadona, al entender que ni su supuesta mala gestión ni el hecho de dormirse en el trabajo justificaban la medida.
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Mismo trabajo, distinto sueldo por idioma: el TSJCat lo declara discriminatorio
La discriminación por razón de lengua no se limita a diferencias entre idiomas oficiales o regionales, sino que también puede producirse entre lenguas extranjeras. Así lo refleja el caso de los trabajadores de Transperfect, que percibían salarios distintos en función del idioma en el que desarrollaban su labor como Language Data Analyst para Apple.
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Cobró dos veces sin saberlo y ahora deberá devolver 20.000 euros a la Seguridad Social
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dado la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social en el caso de un ciudadano que percibió por error una prestación duplicada por incapacidad. La resolución le obliga a devolver cerca de 20.000 euros, al considerar que el cobro indebido debe reintegrarse aunque no existiera mala fe.
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