93 872 69 44

91 278 31 94

Legislación

Diseña tu Plan de Igualdad en 5 fases

Contar con un Plan de Igualdad no solo es una obligación legal, sino una oportunidad para construir una empresa más justa, innovadora y competitiva.

La igualdad de oportunidades y la diversidad en el trabajo impulsan la productividad, la reputación y el compromiso del equipo.

Sin embargo, para implantar un plan efectivo, es necesario hacerlo con rigor técnico, acompañamiento especializado y cumplimiento normativo.

Por qué tu empresa necesita un Plan de Igualdad

Tener un Plan de Igualdad es una obligación establecida por la Ley Orgánica 3/2007 y los Reales Decretos 901/2020 y 902/2020, que regulan la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Más allá del cumplimiento legal, un Plan de Igualdad mejora la organización: reduce la rotación, incrementa el compromiso, fortalece la marca empleadora y ayuda a captar talento.

Según McKinsey & Company, las empresas con políticas activas de diversidad e igualdad tienen un 33% más de probabilidades de superar a sus competidores.

🎧Escucha el episodio de nuestro podcast donde hablamos del Plan de Igualdad

Cómo saber si tu empresa debe tener un Plan de Igualdad

Desde el 7 de marzo de 2022, todas las empresas con 50 o más personas en plantilla están obligadas a negociar, elaborar y aplicar un Plan de Igualdad.

Sin embargo, calcular correctamente si se alcanza ese umbral no siempre es tan sencillo. En GM Integra lo explicamos de forma clara:

1. ¿Cuándo debe realizarse el cálculo de plantilla?

El cómputo debe realizarse dos veces al año:

  • El 30 de junio.
  • El 31 de diciembre.

Si en cualquiera de esos dos momentos la plantilla alcanza 50 personas trabajadoras, nace automáticamente la obligación de implantar el Plan de Igualdad, incluso si después el número disminuye.

Una vez constituida la comisión negociadora, esta obligación se mantiene hasta que finalice la vigencia del plan (normalmente cuatro años).

2. ¿Cómo se computa la plantilla?

El cómputo se realiza sobre todas las personas trabajadoras de la empresa, cualquiera que sea su modalidad contractual:

  • Contratos indefinidos, temporales o fijos discontinuos.
  • Contratos de duración determinada y de puesta a disposición (ETT).
  • Personas con jornada parcial: cuentan como una unidad completa, sin importar las horas trabajadas.

Además, los contratos temporales extinguidos durante los últimos seis meses se computan así: cada 100 días trabajados (o fracción) equivalen a una persona trabajadora adicional.

3. ¿Qué casos no computan en la plantilla?

  • Socias y socios de cooperativas: su relación es societaria, no laboral.
  • Personal becario o con vínculos no laborales: no se incluyen en el cómputo.

No obstante, tanto cooperativas como becarios están protegidos por la normativa de igualdad de trato, especialmente por la Ley Orgánica 3/2007 y el artículo 14 de la Constitución Española.

4. ¿Y las personas cedidas por ETT?

Sí. Las personas cedidas por empresas de trabajo temporal deben incluirse en el cómputo de la plantilla de la empresa usuaria.

De esta forma, la obligación de elaborar el Plan de Igualdad se aplica también a las organizaciones que superen los 50 trabajadores al sumar las cesiones temporales.

5. ¿Qué ocurre si bajo de los 50 trabajadores?

Una vez superado el umbral y constituida la comisión negociadora, la obligación se mantiene hasta el final de la vigencia del plan o durante un máximo de cuatro años, aunque la plantilla descienda.

Además, deberás elaborar un plan si:
a) Lo exige tu convenio colectivo, o
b) Lo impone la autoridad laboral como sustitución de una sanción.

Cómo implantar el Plan de Igualdad en 5 fases

En GM Integra estructuramos el proceso de elaboración e implantación del Plan de Igualdad en cinco fases clave, que garantizan una implementación ordenada, legal y eficaz.

Fase 1: Compromiso y creación de la comisión negociadora

Todo comienza con el compromiso de la dirección. Este debe formalizarse y comunicarse a toda la plantilla.

A continuación, se crea la Comisión Negociadora de Igualdad, compuesta de forma paritaria por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras. Esta comisión es el órgano legitimado para negociar y aprobar el plan.

Una composición incorrecta puede invalidar el plan, según la Audiencia Nacional. En GM Integra asesoramos para constituirla correctamente, tanto si existe representación sindical como si es necesario crear una comisión ad hoc.

Fase 2: Diagnóstico de situación

El diagnóstico es la base de todo Plan de Igualdad.

Debe incluir información cuantitativa y cualitativa sobre:

  • Selección, promoción y clasificación profesional.
  • Acceso a la formación.
  • Condiciones laborales y conciliación.
  • Auditoría salarial.
  • Representación femenina en puestos de responsabilidad.
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

En GM Integra aplicamos un enfoque riguroso, con análisis de datos, encuestas y entrevistas. Además, realizamos la auditoría retributiva conforme al Real Decreto 902/2020, detectando posibles brechas salariales y justificando sus causas objetivamente.

Fase 3: Diseño del plan y medidas de actuación

Una vez realizado el diagnóstico, se diseña el Plan de Igualdad, definiendo objetivos, medidas, indicadores y calendario.
Entre las medidas más comunes que proponemos:

  • Incorporar la perspectiva de género en los procesos de selección.
  • Formaciones en liderazgo inclusivo y sesgos inconscientes.
  • Protocolos de acoso sexual y por razón de sexo.
  • Promoción de la corresponsabilidad en la conciliación.
  • Comunicación interna con lenguaje inclusivo.

El plan se aprueba mediante acta firmada por la comisión negociadora y se registra en el REGCON hasta la habilitación del registro específico de planes de igualdad.

Fase 4: Implantación y comunicación

Una vez aprobado, comienza la implantación real.
En GM Integra acompañamos esta fase mediante:

  • Formaciones especializadas y talleres prácticos.
  • Protocolos de actuación ante incidencias o denuncias.
  • Herramientas de seguimiento integradas en el Portal del Empleado.

Una comunicación interna clara y constante refuerza la confianza y el compromiso de toda la plantilla con el Plan de Igualdad.

Fase 5: Seguimiento y evaluación

El plan debe revisarse periódicamente. En GM Integra configuramos una Comisión de Seguimiento que evalúa el cumplimiento y analiza indicadores como:

  • Participación de mujeres en puestos directivos.
  • Reducción de brechas salariales.
  • Uso de medidas de conciliación.
  • Evolución del clima laboral.

Este enfoque de mejora continua garantiza que la igualdad se consolide como un valor permanente.

Planes LGTBI y protocolos de acoso: una visión integral

El compromiso con la igualdad debe ampliarse a la diversidad LGTBI.

La Ley 4/2023 obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a contar con un Plan LGTBI y un Protocolo de prevención del acoso por orientación sexual o identidad de género.

En GM Integra ayudamos a integrar estos documentos dentro de una estrategia global de diversidad, sensibilización y cumplimiento.

Como subraya la ONU, promover la igualdad y la inclusión es fuente directa de innovación y cohesión.

Preguntas frecuentes sobre el Plan de Igualdad

  • ¿Mi empresa está obligada a tener un Plan de Igualdad?
    Sí. Si tienes 50 o más personas trabajadoras, o si lo exige tu convenio o la autoridad laboral.
  • ¿Qué sanciones existen por no cumplir?
    Las sanciones pueden llegar hasta 515 euros por infracciones muy graves.
  • ¿Cuánto tarda en implantarse?
    Entre 4 y 6 meses, dependiendo del tamaño y estructura de la empresa.
  • ¿Por qué hacerlo con GM Integra?
    Porque ofrecemos un servicio integral: diagnóstico, negociación, formación y registro, con asesoramiento jurídico y técnico especializado.

¿Te ayudamos a diseñar tu Plan de Igualdad?

El Plan de Igualdad no es sólo una exigencia legal, sino una oportunidad para construir una cultura empresarial más ética y sostenible.

📩 ¿Tu empresa necesita elaborar o actualizar su Plan de Igualdad?
 Contacta con nuestro equipo en comunicacion@gmintegrarrhh.com.

¿Necesitas ayuda en cuestiones relacionadas con gestión de nóminas, derecho laboral o RR.HH.?


Form CTA