La justicia ha confirmado una sanción de 1.500 euros a una empresa por vulnerar el derecho a la desconexión digital al enviar un correo electrónico sobre una formación a sus trabajadores fuera de la jornada laboral. El tribunal considera que, aunque el contenido no fuera urgente, el simple hecho de remitir comunicaciones profesionales fuera del horario supone una intromisión en el tiempo de descanso. La resolución refuerza la obligación empresarial de respetar los límites entre vida laboral y personal. Además, subraya que el derecho a la desconexión no depende del contenido del mensaje, sino del momento en que se produce la comunicación.