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Novedades laborales 2025: hasta 17 semanas de permiso retribuido por nacimiento de hijo| GM INTEGRA RRHH

El Gobierno ha anunciado un importante avance en materia de conciliación laboral y familiar: los permisos por nacimiento y cuidado del menor se ampliarán hasta las 17 semanas retribuidas, más dos semanas adicionales de permiso parental pagado hasta los 8 años del menor.

Este cambio, fruto del nuevo acuerdo entre PSOE y Sumar, responde también a una necesidad urgente: evitar una sanción europea por no haber aplicado la directiva comunitaria de conciliación en plazo.

¿Qué implica este cambio para las organizaciones? ¿Cómo deben adaptarse los departamentos de RRHH?

¿Cuáles son las novedades clave?

Según el preacuerdo anunciado el 28 de julio de 2025, los principales cambios son:

🔹 Ampliación del permiso por nacimiento
Pasa de 16 a 17 semanas retribuidas al 100% por cada progenitor.
Incluye 6 semanas obligatorias tras el parto y el resto distribuibles hasta que el bebé cumpla 1 año.

🔹 2 semanas retribuidas por cuidado del menor
Se suman a las 8 semanas de permiso parental no retribuido ya existentes.
Estas 2 semanas se podrán disfrutar hasta que el hijo o hija cumpla 8 años.

🔹 Aplicación retroactiva desde agosto de 2024
Esto se hace para cumplir con la Directiva europea 2019/1158, que obliga a los Estados miembros a ofrecer permisos parentales retribuidos y conciliación efectiva.

¿Cuál es la duración total del permiso ahora?

Con estas modificaciones, las personas trabajadoras podrán disfrutar de:

17 semanas retribuidas por nacimiento
2 semanas retribuidas por cuidado del menor
8 semanas adicionales no retribuidas

Total potencial: 27 semanas de permiso por progenitor, combinando nacimiento y cuidado parental.

Requisitos para acceder al permiso retribuido

Según la Seguridad Social, los requisitos varían según la edad:

  • Menores de 21 años: no necesitan cotización previa.

  • Entre 21 y 25 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días en total.

  • Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los últimos 7 años o 360 días en total.

¿Cómo se distribuye el permiso?

Según el Estatuto de los Trabajadores:

  • 6 semanas tras el nacimiento son obligatorias y consecutivas.

  • Las semanas restantes se pueden disfrutar de forma interrumpida hasta los 12 meses del bebé.

  • En casos especiales (parto múltiple, discapacidad del menor, ingreso hospitalario…), el permiso se puede ampliar hasta 13 semanas más.

¿Qué deben hacer las empresas y RRHH?

Estas modificaciones implican ajustes en la planificación interna y en la gestión legal y administrativa. Recomendamos:

Actualizar los manuales internos y políticas de conciliación
Formar a mandos intermedios sobre la nueva normativa
Automatizar la gestión de ausencias y permisos
Contar con un partner especializado para asegurar el cumplimiento normativo

Conclusión

Este avance legislativo representa un paso significativo hacia una mayor corresponsabilidad y conciliación real, pero también supone un reto operativo para empresas y departamentos de RRHH.

Puedes contacta con nosotros:

Al correo: comunicación@gmintegrarrhh.com

Llamarnos al: 93 872 69 44

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