Recordatorio plazos para comunicar diversos cambios en la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

RECORDATORIO PLAZOS PARA COMUNICAR DIVERSOS CAMBIOS EN LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS

1.- Cambio de mutua colaboradora de Seguridad Social:

Los trabajadores y trabajadoras autónomos que estén interesados en cambiar la actual mutua con la que tienen cubiertas las prestaciones de seguridad social tales como la incapacidad temporal o el accidente de trabajo, disponen de un plazo de hasta el 30/09/21, surtiendo efectos ese cambio a partir del 1/01/22.

2.-Cambio de bases de cotización:

Los trabajadores y trabajadoras autónomos que estén interesados en cambiar su actual base de cotización a la Seguridad Social, ya sea para incrementarla o reducirla, podrán realizarlo hasta en cuatro ocasiones dentro de cada año natural.

Los plazos para presentar las solicitudes de cambio de bases, así como los efectos que se producirán a partir del 01-01-2018, serán los siguientes:

  • Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, efectos a partir del 1 de abril.
  • Presentación del 1 de abril al 30 de junio, efectos a partir del 1 de julio.
  • Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, efectos a partir del 1 de octubre.
  • Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, efectos a partir del 1 de enero (año siguiente).

Les recordamos que la base de cotización en este régimen especial será la elegida por el trabajador Autónomo entre las bases mínima y máxima que para este año 2021, se sitúa entre una base mínima de 944,40 euros mensuales y una base máxima de 4.070,10 euros mensuales. No obstante, existen las siguientes particularidades para los trabajadores autónomos con 48 o más años de edad a 1 de enero de 2021, en cuyo caso la base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 1.018,50 y 2.077,80 euros mensuales, salvo que con anterioridad a los 50 años, hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante 5 años o más, por una base mayor que 2.052€, en cuyo caso podrán elegir una base comprendida entre 944,40 euros mensuales y el importe de aquella, con el tope de la base máxima de cotización de 4.070,10 euros mensuales.

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